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Genera tu Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales

¿Para qué se utiliza?

La opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales en sentido “Positivo” es un documento que el contribuyente requiere para solicitar un subsidio o estímulo, contratar con la Administración Pública Federal Centralizada, Paraestatal, Procuraduría General de la República, o con las Entidades Federativas, realizar un trámite fiscal o de comercio exterior u obtener una autorización en materia de impuestos o de comercio exterior.

¿Qué revisa la autoridad para emitir una opinión positiva?

I. Que esté inscrito en el RFC y que su clave esté activa.

II. Que no tenga créditos fiscales firmes.

III. Que se encuentre al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales:

a) Presentación de las declaraciones anuales de ISR e IETU, correspondientes a los últimos 4 ejercicios.

b) Presentación de pagos provisionales de ISR, IETU, retenciones de ISR por salarios, pagos definitivos de IVA y de IEPS, por el ejercicio en que solicita la Opinión y en los cuatro últimos ejercicios anteriores a éste.

c) Declaraciones Informativas de IEPS a que hace referencia la Resolución Miscelánea Fiscal.

¿Qué opciones se tienen para obtenerla?

1. Generarla personalmente a través de la página de Internet del SAT, con su contraseña o firma electrónica, de conformidad con la regla 2.1.35. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015.

2. Cuando requiera de un subsidio o estímulo, podrá obtenerla por conducto de las Entidades o Dependencias gubernamentales que tengan a su cargo la aplicación de dichos subsidios o estímulos, ello de conformidad con lo señalado en las reglas 2.1.26. y 2.1.36. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015.

3. A través de un Tercero Autorizado, cuando lo autorice a consultarla, de acuerdo a lo establecido en la regla 2.1.35. primer párrafo y la fracción IV de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015.

4. Solicitarla en el número telefónico de INFOSAT: 01-800-46-36-728 o por correo electrónico a la dirección: opinioncumplimiento@sat.gob.mx; la Opinión le será enviada dentro de las 24 horas siguientes, al correo electrónico que haya proporcionado al SAT en la gestión de su firma electrónica.

Generación Personal

1. Ingresar al siguiente Link: www.sat.gob.mx

2. Seleccionamos la opción Trámites:

3. Nos desplegará la siguiente pantalla, donde seleccionaremos “Opinión del Cumplimiento”.

4. Nos solicitará el RFC del contribuyente así como la Contraseña o FIEL. Se puede optar por cualquiera de éstas dos últimas para ingresar.

5. Se desplegará la siguiente pantalla, donde se generará la opinión del cumplimiento, teniendo la opción de descarga en Formato PDF.

6. Posteriormente, cerramos sesión.

Posibles Escenarios

La Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales que se emita en sentido positivo tiene una vigencia de 3 meses para efecto de la obtención de estímulos o subsidios y una vigencia de un mes en los demás casos.

Si la opinión fuese “negativa”, nos mencionará a detalle qué declaración y a qué impuesto y período corresponde la falta incurrida.

En caso de estar inconforme con la opinión negativa, el contribuyente puede emitir una aclaración a través de “Mi portal” donde podrá exponer las razones de dicha inconformidad.

Cuando se trate de Inconsistencias relacionadas con créditos fiscales o con el otorgamiento de la garantía, una vez emitida la aclaración, La autoridad efectuará la revisión correspondiente y en caso de ser procedente la aclaración, la Administración Local de Servicios al Contribuyente que le corresponda le enviará a Mi portal, en un máximo de 3 días la opinión del cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

Conclusión

Este documento es utilizado para diversos trámites con terceros como medio para corroborar la situación fiscal del contribuyente.

Asimismo, es importante tener la certeza de que nuestra información fiscal dentro de los sistemas electrónicos de la autoridad se encuentre al día y en oportuno cumplimiento.



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Elaborado por: GARMAN