ACTUALIDAD FISCAL
Con motivo del acuerdo celebrado entre la SHCP y el Departamento del Tesoro de los Estados Unidos de Amé-rica en materia de intercambio de información financiera relacionada con la Ley de Cumplimiento Fiscal sobre Cuentas Extranjeras, mejor conocida como Ley
FATCA (por sus siglas en inglés), las autoridades fiscales en México (SAT) podrán recibir información sobre los depósitos bancarios e inversiones que mexicanos y residentes en México tienen en instituciones financieras en Estados Unidos (EU), de modo que aumentará la capacidad de fiscalización y comprobación del cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte del SAT, al contar con información (proporcionada por las autoridades en EU) respecto de depósitos bancarios e inversiones de contribuyentes en México que tienen en ese país.
Información que debe proporcionar EU a México.
Cualquier institución financiera residente en EU o cualquier sucursal de una institución financiera que no resida en ese país, pero que la sucursal se ubique en el mismo, se encuentra sujeta a la obligación de reportar las cuentas a las autoridades en EU (Departamento del Tesoro, el Secretario del Tesoro o su delegado).
Cuentas que son reportables
Por regla general, EU deberá reportar a las autoridades en México (SHCP/SAT) las cuentas financieras mantenidas en una institución financiera de aquél país sujetas a reporte, cuando se actualice alguna de las siguientes hipótesis:
1. En el caso de una cuenta de depósito, cuando dicha cuenta es mantenida por una persona física residente en México y más de 10 dólares en intereses son pagados a la cuenta en cualquier año de calendario.
2. En el supuesto de una cuenta financiera distinta a una cuenta de depósito, el cuentahabiente (persona física o jurídica) sea residente de México, incluyendo entidades que certifiquen que son residentes en México para efectos fiscales, respecto de los ingresos pagados o acreditados, cuya fuente de riqueza se encuentre en EU y que sean de las reportables de acuerdo con el Código de Rentas Internas de ese país.
La información se entregará en los nueve meses posteriores al ejercicio de que se trate. La información de 2013 fue entregada el pasado 30 de septiembre de 2015.
Como podemos apreciar, en el caso de las cuentas que EU debe reportar a México, constituye un universo importante de cuentas, pues los parámetros de valor son muy reducidos, de modo que muchas cuentas fácilmente podrán calificar como reportables.